mayo 27, 2023
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SANTO MATRIMONIO PAPA FRANCISO

SPL el 26/09/2014 •

Listers, la siguiente lección está tomada del Catecismo de Baltimore. El Catecismo de Baltimore fue el catecismo estándar para enseñar la fe y catequizar a los niños desde 1885 hasta el Vaticano II. Su enfoque básico de preguntas y respuestas es el estilo de aprendizaje más natural para la mente humana y simplifica incluso las preguntas teológicas más complejas. Todas las listas tomadas del Catecismo de Baltimore se pueden encontrar aquí.


(Nota editor: de los 7 sacramentos de la Iglesia Católica, en esta ocasión se habla específicamente del sacramento del Matrimonio, por medio de 47 preguntas acerca del sacramento del Matrimonio se desea crear un entendimiento introductorio a la teología y catequesis de este sacramento )
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Catecismo de Baltimore No. 3
LECCIÓN VIGÉSIMO SEXTO
Sobre el matrimonio


 
P. 1005. ¿Qué es el sacramento del matrimonio?
A. El sacramento del matrimonio, es el sacramento que une a un hombre y una mujer cristianos en un matrimonio legal. (nota editor: cuando se habla de matrimonio legal se refiere a la ley nueva de dios, ley dada en la nueva alianza)
 
P. 1006. ¿Cuándo se casan legalmente las personas?
A. Las personas están legalmente casadas cuando cumplen con todas las leyes de Dios y de la Iglesia relacionadas con el matrimonio. Casarse ilegalmente es un pecado mortal, y priva a las almas de la gracia del Sacramento.
 
P. 1007. ¿Cuándo se instituyó el matrimonio por primera vez?
A. El matrimonio se instituyó por primera vez en el Jardín del Edén, cuando Dios creó a Adán y Eva y los hizo marido y mujer, pero no fue un sacramento, ya que su unión no les confería ninguna gracia especial.
 
P. 1008. ¿Cuándo se elevó el contrato de matrimonio a la dignidad de un sacramento?
A. El momento exacto en que el contrato de matrimonio se elevó a la dignidad de un Sacramento no se conoce, pero el hecho de que así se planteó es cierto a partir de pasajes en el Nuevo Testamento y de la enseñanza constante de la Iglesia desde el tiempo de los apóstoles. Nuestro Señor no solo agregó gracia al contrato, sino que hizo del mismo un Sacramento, para que los cristianos no puedan hacer este contrato sin recibir el Sacramento.
 
P. 1009. ¿Cuál es el signo externo en el Sacramento del Matrimonio, y en qué consiste toda la esencia del contrato matrimonial?

A. El signo externo en el Sacramento del matrimonio es el consentimiento mutuo de las personas, expresado con palabras o signos de acuerdo con las leyes de la Iglesia. Toda la esencia del contrato de matrimonio consiste en la rendición de las personas de sus cuerpos entre sí y en declarar por palabra o señal que hacen esta rendición y se toman mutuamente por marido y mujer ahora y para toda la vida.
 
P. 1010. ¿Cuáles son los principales fines del sacramento del matrimonio?A. Los principales fines del sacramento del matrimonio son:

  • A.Para permitir que el esposo y la esposa se ayuden mutuamente para asegurar la salvación de sus almas;
  • B. Para propagar o mantener la existencia de la raza humana al traer niños al mundo para servir a Dios;
  • C.Prevenir los pecados contra la santa virtud de la pureza obedeciendo fielmente las leyes del estado matrimonial.


 
P. 1011. ¿Pueden un hombre y una mujer cristianos unirse en un matrimonio legal de otra manera que no sea el Sacramento del Matrimonio?
R. Un hombre y una mujer cristianos no pueden unirse en un matrimonio legal de ninguna otra manera que no sea el Sacramento del Matrimonio, porque Cristo levantó el matrimonio a la dignidad de un sacramento. Nota editor cuando se habla de matrimonio legal se refiere a la ley de dios, un  matrimonio civil no puede ser legal en la ley nueva de dios.
 
P. 1012. ¿Fueron todos los matrimonios antes de la venida de Cristo ilegales e inválidos?
A. Todos los matrimonios antes de la venida de Cristo no fueron ilegales e inválidos. Ambos eran legales y válidos cuando las personas que los contrataban seguían los dictados de su conciencia y las leyes de Dios tal como los conocían; pero tales matrimonios eran solo contratos. A través de sus inclinaciones malvadas, muchos olvidaron o descuidaron el verdadero carácter del matrimonio hasta que Nuestro Señor lo restauró a su antigua unidad y pureza.
 
P. 1013. ¿Qué queremos decir con impedimentos para el matrimonio?
R. Por impedimentos al matrimonio nos referimos a ciertas restricciones, impuestas por la ley de Dios o de la Iglesia, que hacen que el matrimonio sea inválido o ilegal cuando se viola al entrar en él. Estas restricciones se refieren a la edad, la salud, las relaciones, la intención, la religión y otros asuntos que afectan el bien del Sacramento.
 
P. 1014. ¿Puede la Iglesia prescindir o eliminar estos impedimentos para el matrimonio?
A. La Iglesia puede dispensar o eliminar los impedimentos al matrimonio que surgen de sus propias leyes; pero no puede prescindir de impedimentos que surgen de las leyes de Dios y la naturaleza. Todo legislador puede cambiar o excusarse de las leyes hechas por él mismo o por sus iguales, pero no puede, por su propia autoridad, cambiar o excusarse de las leyes hechas por un poder superior.
 
P. 1015. ¿Qué se requiere que la Iglesia pueda otorgar, cuando pueda, dispensaciones de los impedimentos para el matrimonio o de otras leyes?

A. Para que la Iglesia pueda otorgar dispensas de los impedimentos para el matrimonio o de otras leyes, debe haber una razón buena y urgente para otorgar tales dispensas. La Iglesia no otorga dispensaciones sin causa y simplemente para satisfacer los deseos de quienes las solicitan.
 
P. 1016. ¿Por qué la Iglesia a veces exige que las personas a quienes se otorgan dispensas paguen un impuesto o una tarifa por el privilegio?
A. La Iglesia alguna veces requiere que las personas a quienes se les otorguen dispensas paguen un impuesto o una tarifa por el privilegio: Que las personas a causa de este impuesto no puedan solicitar dispensas y puedan cumplir con las leyes generales; Que la Iglesia no tenga que asumir el gasto de apoyar una oficina para otorgar privilegios a unos pocos.

P. 1017. ¿Qué deben hacer las personas que están a punto de casarse? R. Las personas que están a punto de casarse deben avisar a su pastor de su intención oportunamente, informarle en privado lo que sospechen que puede ser un impedimento para el matrimonio y asegurarse de todos los arreglos antes de invitar a sus amigos.

P. 1018. ¿Qué aviso oportuno de matrimonio debe darse al sacerdote, y por qué? A. Al menos tres semanas de aviso de matrimonio debe darse al sacerdote, porque, de acuerdo con las leyes de la Iglesia, los nombres de las personas a punto de casarse deben ser anunciados y su matrimonio previsto publicado en la Misa principal de su parroquia durante tres domingos sucesivos.

P. 1019. ¿Por qué se publican las prohibiciones del matrimonio en la Iglesia? R. Las prohibiciones del matrimonio se publican en la Iglesia en el sentido de que cualquier persona que conozca cualquier impedimento para el matrimonio puede tener la oportunidad de declararlo en privado al sacerdote antes de que se celebre el matrimonio y, por lo tanto, evitar un matrimonio inválido o ilegal. Las personas que conocen tales impedimentos y no los declaran a su debido tiempo son culpables de pecado.

P. 1020. ¿Qué cosas en particular deberían las personas que arreglan para su matrimonio dar a conocer al sacerdote? A. Las personas que organizan su matrimonio deben informar al sacerdote si ambos son cristianos y católicos; si alguno ha estado comprometido solemnemente con otra persona; si alguna vez han hecho algún voto a Dios con respecto a la castidad o algo similar; si están relacionados y en qué grado; si alguna vez estuvo casado con algún miembro de la familia del otro y si alguna vez fue padrino en el bautismo del otro.

P. 1021. ¿Qué más deben dar a conocer? R. También deben dar a conocer si estuvo casado antes y qué pruebas se pueden dar de la muerte del ex esposo o esposa; si realmente tienen la intención de casarse, y lo hacen por su propia voluntad; si son de edad legal; si tienen buen cuerpo o sufren alguna deformidad que pueda impedir su matrimonio y, por último, si viven en la parroquia en la que solicitan casarse y, de ser así, cuánto tiempo han vivido en ella.

P. 1022. ¿Qué es particularmente necesario para que las personas puedan cumplir con su deber en el estado matrimonial? R. Para que las personas puedan cumplir con su deber en el estado matrimonial, es particularmente necesario que estén bien instruidas, antes de ingresar, en las verdades y deberes de su religión sobre cómo enseñarán estas cosas a sus hijos y si ignoran ellos mismos esas verdades y deberes

P. 1023. ¿Puede el lazo del matrimonio cristiano ser disuelto por algún poder humano? A. El vínculo del matrimonio cristiano no puede ser disuelto por ningún poder humano.

P. 1024. ¿Un divorcio otorgado por los tribunales de justicia no rompe el vínculo del matrimonio?

A. El divorcio otorgado por los tribunales de justicia o por cualquier poder humano no rompe el vínculo del matrimonio, y quien hace uso de tal divorcio para volver a casarse mientras el ex esposo o esposa vive comete un sacrilegio y vive en pecado de adulterio.  Un divorcio civil puede dar una razón suficiente para que las personas vivan separadas y puede determinar sus derechos con respecto al apoyo, el control de los niños y otras cosas temporales, pero no tiene ningún efecto sobre el vínculo y la naturaleza espiritual del Sacramento.

P. 1025. ¿No permite la Iglesia a veces que el esposo y la esposa se separen y vivan separados? A. La Iglesia a veces, por muy buenas razones, permite que el esposo y la esposa se separen y vivan separados; pero eso no está disolviendo el vínculo del matrimonio, o el divorcio como se le llama, ya que, aunque separados, todavía son marido y mujer, y ninguno puede volver a casarse hasta que el otro muera.

P. 1026. ¿No ha permitido la Iglesia a veces que los católicos una vez casados ​​se separen y vuelvan a casarse?

R. La Iglesia nunca ha permitido que los católicos una vez realmente casados ​​se separen y se vuelvan a casar, pero a veces ha declarado que las personas aparentemente casadas están libres para volver a casarse, porque su primer matrimonio fue nulo; es decir, ningún matrimonio debido a algún impedimento no descubierto hasta después de la ceremonia.

P. 1027. ¿Qué males siguen al divorcio tan comúnmente reclamado por aquellos fuera de la verdadera Iglesia y otorgado por la autoridad civil?

A. Los males que siguen al divorcio tan comúnmente reclamados por aquellos fuera de la verdadera Iglesia y concedidos por la autoridad civil son muchos; pero principalmente: un desprecio por el carácter sagrado del sacramento y por el bienestar espiritual de los niños; La pérdida de la verdadera idea del hogar y la familia, seguida de una mala moral y una vida pecaminosa.

P. 1028. ¿Cuáles son los efectos del sacramento del matrimonio?

A. Los efectos del sacramento del matrimonio son:

  • Para santificar el amor del esposo y la esposa;
  • Dar ellos gracia para soportar las debilidades del otro;
  • Para permitirles criar a sus hijos en el temor y el amor de Dios.

P. 1029. ¿Qué queremos decir con soportar las debilidades de los demás? R. Al soportar las debilidades de los demás, queremos decir que el esposo y la esposa deben ser pacientes con los defectos, malos hábitos o disposiciones de los demás, perdonarlos fácilmente y ayudarse mutuamente para superarlos.

P. 1030. ¿Cómo están los padres especialmente preparados para criar a sus hijos en el temor y el amor de Dios?

A. Los padres están especialmente preparados para criar a sus hijos en el temor y el amor de Dios:

  • Por la gracia especial que reciben para aconsejar y dirigir a sus hijos y para advertirles contra el mal;
  • Por la experiencia que han adquirido al pasar por la vida desde la infancia hasta el puesto de padres.
  •  Por lo tanto, los niños deben buscar y aceptar concienzudamente la dirección de buenos padres.

P. 1031. Para recibir el Sacramento del Matrimonio dignamente, ¿es necesario estar en estado de gracia? A. Para recibir el Sacramento del Matrimonio dignamente es necesario estar en estado de gracia, y también es necesario cumplir con las leyes de la Iglesia.

P. 1032. ¿Con qué leyes de la Iglesia estamos obligados a cumplir al recibir el Sacramento del Matrimonio?

A. Al recibir el Sacramento del matrimonio, estamos obligados a cumplir con las leyes de la Iglesia relacionadas con el matrimonio; tales como leyes que prohíben el matrimonio solemne en Cuaresma y Adviento; o matrimonio con parientes o con personas de una religión diferente, y en general todas las leyes que se refieren a cualquier impedimento para el matrimonio.

P. 1033. ¿De cuántas maneras pueden relacionarse las personas?

A. Las personas pueden relacionarse de cuatro maneras. Cuando están relacionados por sangre, su relación se llama consanguinidad; cuando están relacionados por matrimonio se llama afinidad; cuando están relacionados por ser padrinos en el bautismo o la confirmación, se llama afinidad espiritual; cuando están relacionados por adopción, se llama afinidad legal.

P. 1034. ¿Quién tiene derecho a hacer leyes sobre el sacramento del matrimonio? R. La Iglesia sola tiene el derecho de hacer leyes sobre el Sacramento del matrimonio, aunque el estado también tiene el derecho de hacer leyes sobre los efectos civiles del contrato de matrimonio.

P. 1035. ¿Qué queremos decir con leyes relativas a los efectos civiles del contrato de matrimonio?

R. Por leyes relativas a los efectos civiles del contrato de matrimonio, nos referimos a las leyes con respecto a la propiedad o las deudas del esposo y la esposa, la herencia de sus hijos, o lo que sea relacionado con sus asuntos temporales. Todas las personas están obligadas a obedecer las leyes de su país cuando estas leyes no se oponen a las leyes de Dios.

P. 1036. ¿La Iglesia prohíbe el matrimonio de católicos con personas que tienen una religión diferente o ninguna religión? R. La Iglesia prohíbe el matrimonio de católicos con personas que tienen una religión diferente o ninguna religión.

P. 1037. ¿Por qué la Iglesia prohíbe el matrimonio de católicos con personas que tienen una religión diferente o ninguna religión?

A. La Iglesia prohíbe el matrimonio de católicos con personas que tienen una religión diferente, o ninguna religión, porque tales matrimonios generalmente conducen a la indiferencia, la pérdida de la fe y al abandono de la educación religiosa de los niños.

P. 1038. ¿Cómo se llaman los matrimonios de católicos con personas de una religión diferente, y cuándo la Iglesia los permite por dispensación?

A. Los matrimonios de católicos con personas de una religión diferente se llaman matrimonios mixtos. La Iglesia los permite por dispensación solo bajo ciertas condiciones y por razones urgentes; principalmente para prevenir un mal mayor.

P. 1039. ¿Cuáles son las condiciones bajo las cuales la Iglesia permitirá que un católico se case con alguien que no es católico?

A. Las condiciones bajo las cuales la Iglesia permitirá que un católico se case con alguien que no es católico son:

  • Que al católico se le permita el libre ejercicio de su religión;
  • Que el católico intente, mediante la enseñanza y el buen ejemplo, llevar al que no es católico a abrazar la verdadera fe;
  • Que todos los hijos nacidos del matrimonio serán criados en la religión católica.
  • La ceremonia de matrimonio no debe repetirse ante un ministro herético.
  • Sin estas promesas, la Iglesia no dará su consentimiento a un matrimonio mixto, y si la Iglesia no da su consentimiento, el matrimonio es ilegal.

P. 1040. ¿Qué pena impone la Iglesia a los católicos que se casan ante un ministro protestante?

A. Los católicos que se casan ante un ministro protestante incurren en excomunión; es decir, una censura de la Iglesia o castigo espiritual que les impide recibir el Sacramento de la Penitencia hasta que el sacerdote que escucha su confesión obtenga facultades especiales o permiso del obispo; porque por tal matrimonio hacen profesión de una religión falsa al reconocer como sacerdote a alguien que no tiene poder ni autoridad sagrados.

P. 1041. ¿Cómo muestra la Iglesia su descontento en los matrimonios mixtos?

A. La Iglesia muestra su disgusto por los matrimonios mixtos por el La frialdad con que los sanciona, prohibiendo toda ceremonia religiosa en ellos al prohibir al sacerdote usar vestimentas sagradas, agua bendita o bendición del anillo en tales matrimonios; prohibiéndoles también que tengan lugar en la Iglesia o incluso en la sacristía. Por otro lado, la Iglesia muestra su alegría y aprobación en un verdadero matrimonio católico por la misa nupcial y ceremonias solemnes.

P. 1042. ¿Por qué los católicos deben evitar los matrimonios mixtos?

A. Los católicos deben evitar los matrimonios mixtos:

Porque desagradan a la Iglesia y no pueden traer con ellos la medida completa de la gracia y la bendición de Dios; Porque los niños deben tener el buen ejemplo de ambos padres en la práctica de su religión; Debido a que tales matrimonios dan lugar a frecuentes disputas sobre cuestiones religiosas entre marido y mujer y entre sus familiares; Porque el que no es católico, sin tener en cuenta el carácter sagrado del sacramento, puede reclamar el divorcio y volver a casarse, dejando al católico casado y abandonado.

P. 1043. ¿Busca la Iglesia hacer conversos por sus leyes relativas a los matrimonios mixtos?

R. La Iglesia no busca hacer conversiones por sus leyes relativas a los matrimonios mixtos, sino que solo busca evitar que sus hijos pierdan la fe y se conviertan en pervertidos en compañía constante de personas que no sean católicos. La Iglesia no desea que las personas se conviertan en católicos simplemente por casarse con católicos. Tales conversiones, por regla general, no son sinceras, no hacen ningún bien, sino que hacen que tales conversos sean hipócritas y culpables de pecados mayores, especialmente pecados de sacrilegio.

P. 1044. ¿Por qué muchos matrimonios resultan infelices?

R. Muchos matrimonios resultan infelices porque se celebran apresuradamente y sin motivos dignos.

P. 1045. ¿Cuándo se celebran los matrimonios a toda prisa?

A. Los matrimonios se celebran apresuradamente cuando las personas no consideran e investigan suficientemente el carácter, los hábitos y las disposiciones de la persona con la que pretenden casarse. Es aconsejable buscar cualidades duraderas y virtudes sólidas en un compañero de toda la vida y no dejarse llevar por características que complacen solo por un tiempo.

P. 1046. ¿Cuándo son dignos los motivos del matrimonio?

A. Los motivos para el matrimonio son dignos cuando las personas entran en él por hacer la voluntad de Dios y cumplir el fin para el cual instituyó el Sacramento. Cualquier cosa que se oponga al verdadero objeto del Sacramento y la santificación del esposo y la esposa debe ser un motivo indigno.

P. 1047. ¿Cómo deben prepararse los cristianos para un matrimonio santo y feliz?

A. Los cristianos deben prepararse para un matrimonio santo y feliz al recibir los sacramentos de la Penitencia y la Sagrada Eucaristía; rogándole a Dios que les conceda una intención pura y dirija su elección; y buscando el consejo de sus padres y la bendición de sus pastores.

P. 1048. ¿Cómo pueden los padres ser culpables de una gran injusticia hacia sus hijos en caso de matrimonio? A. Los padres pueden ser culpables de una gran injusticia hacia sus hijos en caso de matrimonio al buscar la satisfacción de sus propios objetivos y deseos, en lugar del bien de sus hijos, y por lo tanto por motivos egoístas e irrazonables que obligan a sus hijos a casarse con personas que no les gustan o impidiéndoles casarse con las personas elegidas por los dictados de su conciencia, o obligándolos a casarse cuando no tienen vocación para tal vida o no tienen un verdadero conocimiento de sus obligaciones.

P. 1049. ¿Pueden las personas recibir el Sacramento del Matrimonio más de una vez? A. Las personas pueden recibir el sacramento del matrimonio más de una vez, siempre que estén seguros de la muerte del ex esposo o esposa y cumplan con las leyes de la Iglesia.

P. 1050. ¿Dónde y a qué hora del día deben casarse los católicos? A. Los católicos deben casarse ante el altar en la Iglesia. Deberían casarse por la mañana, y con una misa nupcial si es posible.

Nota del editor: En esta respuesta se ve la tradición del siglo XIX, donde era costumbre las bodas en la mañana, mis abuelos se casaron  en la mañana por dar un ejemplo. Pero eso no significa que uno en pleno siglo XXI deba seguir esta costumbre, no debemos de perder la perspectiva, de lo que importa es recibir el sacramento del matrimonio de acuerdo a la ley de dios, la ley de la iglesia que es muy diferente puede cambiarse con el tiempo pero nunca la ley de dios

P. 1051. ¿Qué nunca deben olvidar los que asisten a una ceremonia de matrimonio en la Iglesia? A. Los que asisten a una ceremonia de matrimonio en la Iglesia nunca deben olvidar la presencia del Santísimo Sacramento, y que toda risa, conversación o irreverencia está prohibida, como en otras ocasiones. Las mujeres nunca deben entrar en la presencia del Santísimo Sacramento con las cabezas descubiertas, y su vestimenta debe estar en consonancia con la estricta modestia que exige la presencia de Nuestro Señor, sin importar lo que la vanidad mundana o los modales sociales puedan requerir.

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